Xacopediajubileo, ganar el

Esta expresión es la forma más habitual y popular para referirse al acto de lucrarse de las indulgencias plenarias concedidas durante la celebración de los años santos o años jubilares. Cuando una persona cumple los requisitos para la obtención de las indulgencias plenarias de un año santo, se dice que “ganó el jubileo”.

Se trata de una frase hecha de origen relativamente moderno que actualmente se usa de manera generalizada. Se utiliza para referirse al jubileo compostelano, pero también a los demás concedidos por el Vaticano, como los de Roma, Caravaca de la Cruz (Murcia), Santo Toribio de Liébana (Cantabria) y Gáldar (Gran Canaria). Todos coinciden en gran medida en los requisitos exigidos.

El jubileo compostelano se gana peregrinando a la catedral de Santiago en los años santos por cualquier medio y desde cualquier destino. Hay que rezar en dicha basílica alguna oración -recomienda la Iglesia el credo y el padrenuestro, cuando menos- y pedir por las intenciones del papa. Por último, es necesario recibir los sacramentos de la penitencia -confesión- y la comunión en cualquier momento comprendido entre los quince días anteriores y los quince posteriores a la peregrinación, siempre y cuando estas exigencias no se pudieran cumplir en Compostela, lo que no suele ser fácil en los periodos de masiva afluencia.

Determinados peregrinos utilizan la expresión “ganar el jubileo” fuera de los periodos jubilares tras la visita a la catedral compostelana. Resulta una apreciación incorrecta e imposible desde el punto de vista eclesiástico, salvo que se acuda a ella en alguna de las festividades establecidas para ello por la Iglesia, como el 25 de julio, día de Santiago.

Durante los años jubilares tampoco se gana el jubileo, al contrario de lo que piensan algunos peregrinos sin información suficiente, al entrar por la Puerta Santa de la catedral, dando el tradicional abrazo a la estatua sedente de Santiago en el altar mayor u orando ante la cripta donde se encuentra el arca con las reliquias sagradas. Estos ritos no son necesarios. Los requisitos para ganar el jubileo -para obtener la indulgencia plenaria, en definitiva- son única y exclusivamente los señalados, y cumplidos conforme la buena fe del peregrino le permiten obtener las indulgencias por sí mismo de manera automática. Los rituales citados se aceptan y son bienvenidos por la Iglesia compostelana, ya que forman parte de la tradición jubilar y peregrinatoria y la refuerzan, pero son ajenos a la obtención de las indulgencias plenarias, origen y referencia central de los años jubilares.

Es posible ganar el jubileo compostelano durante los años santos en la iglesia de Santiago de Villafranca del Bierzo, un antiguo privilegio concedido sólo a los peregrinos que, camino de Compostela, sufren algún tipo de indisposición o invalidez. Lo ganan asimismo de forma automática los romeros a Santiago que fallecen durante el viaje o en la propia ciudad. [MR]

V. indulgencia plenaria


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